[TRANSPORTE]
Resolución Administrativa Nro. GADM-PASTAZA-2022-ALCALDIA-0454-RA
La parte pertinente :
👉RUTA MERA-PUYO EN HORARIO DE 7HOO A 21H00 .
Ingreso por la vía estatal E30 hasta el redondel del monumento a la balsa, sigue por la calle Ceslao Marín hasta el sector de Arboriente, continúa por calle Ceslao Marín hasta la intersección con la Av. González Suárez (sector Central Car), se toma sentido Norte-Sur hasta la intersección con la calle Cacique Nayapi, continúa por esta hasta la intersección con la calle Cacique Palate siguiendo el recorrido hasta el final de la misma, llegando a la calle Tnte. Hugo Ortiz para continuar en sentido Oeste-Este hasta la intersección con la calle Río Rivadeneira para continuar sentido Norte-Sur hasta la intersección con la calle Luis Arias Guerra, continúa por esta hasta la intersección con la calle Cumandá, avanza sentido Sur-Norte hasta la intersección con la calle Lucindo Ortega y continúa por la misma hasta la intersección con la calle General Villamil, continúa sentido Sur-Norte hasta la altura de la calle 24 de mayo, avanza por esta hasta la intersección con la calle 27 de febrero, para finalmente llegar al punto de parda y posterior salida .
👉RUTA PUYO-MERA
Salida por la calle 27 de febrero hasta la altura de la calle Luis Arias Guerra, para continuar por esta en sentido Este-Oeste hasta la intersección con la calle Río Rivadeneira, avanza por esta en sentido
Norte-Sur hasta la intersección de la Av. Monseñor Alberto Zambrano, avanza por la misma hasta la intersección con la Av. González Suárez, continúa sentido Sur-Norte hasta la altura de la Av. General Eloy Alfaro (Paso Lateral), se toma en sentido Este – Oeste hasta el sector de Arboriente, continúa por la calle Ceslao Marín hasta el redondel del monumento a la balsa, para posterior tomar la vía estatal E30.
Art. 2.- Disponer la vigencia de la presente Resolución Administrativa a partir de la presente fecha de suscripción de esta resolución; por tanto queda establecido su estricto cumplimiento de las disposiciones en ella insertas.
Art. 3.- Disponer que Secretaría General notifique con el contenido de la presente Resolución Administrativa a todas las operadoras involucradas, a la Unidad de Terminal Terrestre, a la Empresa Pública Transcomunidad, a la Agencia Nacional de Tránsito, a la Policía Nacional del Ecuador, para su conocimiento, registro y control correspondiente, así como también se deberá socializar esta modificación de recorridos con la ciudadanía en general.
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