Si has te has sentido violentado en tu intimidad y has sufrido de acoso en la red, hoy en nuestro segmento “A Lo Legal” hablaremos con Ing. Serrano y Fernández expertos en la materia y en la parte legal con la Ab Gabriela Erazo. Déjanos tus preguntas.
LEY ORGÁNICA DE COMUNICACIÓN El derecho a la libertad de expresión y de opinión, también está contemplado en la Ley Orgánica de Comunicación; sin embargo, las expresiones que atenten contra derechos de otros, deberán responder ante la ley. Art. 17.- Derecho a la libertad de expresión y opinión.- Todas las personas tienen derecho a expresarse y opinar libremente de cualquier forma y por cualquier medio, y serán responsables por sus expresiones de acuerdo a la ley. Los Artículos 19 y 20, establecen la responsabilidad ulterior para las personas y para los medios de comunicación. Art. 19.- Responsabilidad ulterior.- Para efectos de esta ley, responsabilidad ulterior es la obligación que tiene toda persona de asumir las consecuencias administrativas posteriores a difundir contenidos que lesionen los derechos
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