¿Es censura llamar a denuncias masivas en redes sociales?

En los últimos días ha surgido el debate sobre si un funcionario público puede incurrir en censura al promover denuncias masivas en redes sociales con el objetivo de dar de baja una cuenta o contenido.

De acuerdo con la Ley Orgánica de Comunicación (LOC), este tipo de prácticas pueden ser interpretadas como censura indirecta, prohibida expresamente en el artículo 18, que veta las restricciones “por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales”. Expertos y organismos internacionales, como la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH, advierten que estas acciones generan un “efecto inhibitorio” en el periodismo y limitan la libertad de expresión.

En Ecuador, informes de organizaciones como Derechos Digitales (2022) y Human Rights Watch (2013) han criticado intentos de funcionarios por presionar o limitar la libre expresión mediante campañas coordinadas en internet.

Vías legales recomendadas

La LOC establece mecanismos claros y pacíficos para corregir información inexacta o que afecte la honra:

Rectificación (art. 23): el afectado puede exigir que el medio corrija la información en el mismo espacio y formato. Réplica (art. 24): permite responder en el mismo medio y con igual prominencia.

Ambos derechos deben ser atendidos en un plazo máximo de 72 horas o en las próximas ediciones del medio. Si no se cumplen, la persona puede acudir a la Defensoría del Pueblo o al CORDICOM.

Plataformas digitales y limitaciones

Cabe recordar que la LOC no regula publicaciones personales en internet (art. 4). Redes sociales como Facebook o X/Twitter operan bajo sus propios términos de servicio, aunque la Constitución ecuatoriana (art. 66) garantiza la libertad de expresión. En caso de abusos por parte de funcionarios, los afectados pueden interponer acciones de protección o recurrir a mecanismos internacionales de defensa.

Conclusión

Expertos coinciden en que los llamados a denuncias masivas desde un cargo público pueden constituir censura indirecta, lo cual abre la puerta a sanciones administrativas y acciones judiciales. La alternativa correcta, señalan, es ejercer el derecho a la rectificación o a la réplica, en lugar de intentar suprimir contenidos mediante presiones digitales.

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