HORARIO

«Acuerdo Ministerial N○ 6515 de parte del Ministerio del Interior Artículo 1.- Acuerda primero autorizar para los días 24 hasta el 31 de diciembre del 2015 en horario extendido hasta las 3h30 en la mañana el funcionamiento y expendio de consumo de bebidas alcohólicas en establecimientos y locales a nivel nacional. artículo

2 .- Para la aplicación del horario señalado en el artículo 1 del presente acuerdo ,se entenderá que a las 3h30 es el horario límite del funcionamiento y del expendio de consumo de bebidas alcohólicas producto de la actividad iniciada los días 24 y 31 de diciembre del 2015. Artículo.

3.- El día viernes 25 de diciembre del 2015 y viernes 1 de diciembre del 2016,  a partir de las 3h30 así aplicar el horario establecido en el acuerdo Ministerial Número 1470 publicado el 27 de julio del 2010 número 44 25 del 11 de junio del 2014″.

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