Más de una hora duró la audiencia en la que el juez constitucional sentenció que «no existe ningún derecho vulnerado por acción u omisión», por lo que declara Improcedente la Acción de Protección de las medidas cautelares en referencia. Por lo tanto, queda sin efecto este recurso constitucional, con el cual se buscó impedir que existan nuevos cierres de la vía Baños- Ambato, antes de los feriados de Semana Santa, para la llamada Caminata de la Fe.
Durante su exposición, el magistrado, reprochó lo que en su criterio fue «la mal intencionada Acción al usar la muerte de un menor para argumentar su pedido y conseguir un dictamen favorable». Preciso que hay una «falacia de evidencias» con omisiones y actos que «que no existieron». Quienes tienen la defensa de los demandantes hicieron conocer que apelarán a la instancia superior esta decisión del juez.
Tomado de Siete Días







