El gobierno de Daniel Noboa, a través del Servicio de Rentas Internas (SRI), implementará un endurecimiento en el control del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que cambiará la forma en que los contribuyentes cumplen con sus obligaciones tributarias.

Mediante la Resolución NAC-DGERCGC26-00000016, firmada el 15 de abril de 2026, se establece que, a partir de junio de 2026, las declaraciones del IVA que registren valores a pagar y no sean canceladas en su totalidad dentro del plazo correspondiente podrán ser consideradas como no presentadas.

Esta disposición forma parte de la reforma a la Resolución 1065, que regula la declaración y pago de impuestos a través de internet, y busca fortalecer los mecanismos de recaudación y control tributario en el país.

Sin embargo, la normativa contempla una excepción temporal para los contribuyentes catalogados como exportadores de bienes y proveedores directos de exportadores, siempre que consten en estado “ACTIVO” dentro del Catastro de Exportadores y Proveedores del Sistema de Devolución del IVA (SDII).

Esta excepción se mantendrá vigente hasta que la Administración Tributaria realice las adecuaciones tecnológicas necesarias para garantizar el cumplimiento de esta obligación en todos los casos.

La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

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