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Enmienda propuestas pretenden intervenir la independencia de la Defensoría del Pueblo

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En razón de constar como uno de los puntos del proyecto, la inclusión de cambios en el artículo 214 de la Constitución de la República relativa a las funciones de la Institución Nacional de Derechos Humanos.

La enmienda propuestas, concretamente, señala: En el artículo 214 sustitúyase la frase «y tendrá delegados en cada provincia y en el exterior» por «observando la división territorial judicial, así como tendrá delegados en el exterior».

En este sentido: Si en ejercicio de la autonomía administrativa nuestra entidad puede gobernarse de forma independiente, no se encuentra justificación para que en su estructura administrativa se sujete a realidades de otras instituciones o funciones, no solo por respeto al principio de división de funciones en que se sustenta nuestro estado de derechos y justicia , orientado a garantizar la organización estatal en distintas y diferenciadas esferas que cumplen específicos roles, diferentes unos de otros, sino también por la independencia institucional y el cumplimiento de competencias propias, no obstante la colaboración que debe existir entre ellas, conforme determina la Constitución en el artículo 226, a cuyo fin cada entidad debe adoptar una determinada organización que responda a sus propias funciones, atribuciones y dinámicas de acción para atender las demandas ciudadanas, de acuerdo a las particulares necesidades de la población que demanda el servicio público que ejerce cada entidad.

Al determinarse que la Defensoría del Pueblo en su estructura desconcentrada observe la división territorial judicial, se colocaría a la institución en una situación de supeditación a la Función Judicial y a su Código Orgánico en el que se estable tal división territorial, al cual se encontraría sujeta y a sus eventuales cambios, hechos que no se compadecen con la autonomía institucional, la independencia de funciones, las distintas realidades en las que se desarrolla las atribuciones de cada entidad y las necesidades propias de los ciudadanos que acuden a cada institución en demanda de sus servicios.

Con los argumentos expuestos y otros que los daremos a conocer el día 25 de mayo en la UEA a las dos y media de la tarde solicito nos acompañen a defender la autonomía de la Institución Nacional de Defensa de Derechos Humanos, como es la Defensoría del Pueblo su Defensoría, su Institución.

Tomado del perfil de Yajaira Anabel Curipallo Alava

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